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Seguros vinculados a la compra de pisos, ¿mejor con mi banco o una aseguradora?

jueves, 16 de enero de 2014


¿Cómo nos convencen las entidades bancarias?
La mayoría de las campañas actuales se enfocan en convencer de la necesidad, sus ventajas y conveniencia de contratar un seguro; es una labor lenta, como ocurre con los planes de pensiones privados, y en otras ocasiones se toman atajos.
Uno de los más importantes, por la vinculación que conlleva, está en obligar a su contratación al hacerlo con otros productos como los préstamos hipotecarios. Ya sea directamente (incluyéndolos en escritura), o indirectamente (vinculándolos a mejoras en los diferenciales), los bancos han colocado miles de seguros a través de aseguradoras propias a sus clientes, generando dudas sobre su obligatoriedad y, en la mayoría de los casos, un importante sobrecoste.

Sin obligatoriedad
Empezamos con el seguro de la vivienda, el primero en entrar en el juego de la vinculación. Cuando se suscribe un préstamo con garantía hipotecaria no existe obligación legal de que el prestatario contrate este seguro con la aseguradora que dice el banco. Sin embargo, las entidades de crédito, habitualmente, supeditan la concesión del mismo a la contratación de un seguro de daños y, comúnmente, de un seguro multirriesgo del hogar.
La razón que esgrimen los bancos es que si el inmueble que actúa como garantía de cobro para la entidad prestamista se destruyese, dicha garantía desaparecería. Un seguro de daños sobre el bien evita esta situación y es una ventaja para el banco, en cuanto limita su riesgo. Pero la realidad es que ni rebaja el coste real del préstamo (si rebaja el diferencial lo hace sobre unos tipos muy elevados) y se suele pagar un precio superior al de muchas aseguradoras.
Por ello, lo normal en muchos casos es que transcurrido el primer año de hipoteca sean muchos los que se cambian a otra entidad más barata. Tanto el seguro de hogar como otros vinculados, como el de vida o protección de pagos.

La trampa de la prima única
Por ello, el punto más 'radical' para impedir al cliente que cambie de entidad está en cobrar su totalidad, a través de la modalidad de seguro de prima única. Esta modalidad se ha comercializado mucho en los seguros de vida vinculados a los préstamos hipotecarios.
Este tipo de préstamos se ha comercializado en dos modalidades. En la primera se estipula como suma asegurada el importe total del préstamo recibido. Pero este importe va descendiendo a medida que amortizamos capital, por lo que se designa como beneficiaria a la entidad de crédito que concedió el préstamo sólo por el importe pendiente de amortizar, y al asegurado u otros beneficiarios (herederos), por la diferencia entre la suma asegurada y dicho importe.
En una segunda modalidad, se establece que la suma asegurada será igual al capital pendiente durante toda la vida de la operación, y por tanto el beneficiario es el banco. Esta modalidad ha sido considerada como "mala práctica" por la propia Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones, y es que genera una gran cantidad de problemáticas ¿Y si cancelo antes mi hipoteca? Lo normal sería que se devolviera la parte de la prima no consumida, pero estos mismos préstamos suelen incluir cláusulas que determinan la no devolución.

Con y sin bonificación en los tipos de interés
El resultado de las críticas de estas prácticas se han plasmado en que sean muchas las entidades que tiñan de 'voluntaria'la contratación del seguro y lo hagan rebajando el diferencial de hipotecas. En un entorno como el actual, con diferenciales disparatados, parece muy atractivo pero no lo es tanto y depende mucho de las circunstancias.
Según una comparativa de la aseguradora CA Life, con un diferencial de Euribor + 1%, en una hipoteca de 100.000 euros a 35 años, el ahorro en nuestra cuota por aplicarnos un 0,20% de bonificación apenas supone 11 euros mensuales, mientras que el cambio de compañía de seguro el ahorro es de más de 200 euros anuales.

Es más hay que tener en cuenta siempre argumentos financieros para ver la rentabilidad de estas cláusulas:
- Priorizar las bonificaciones que supongan un mayor descuento.
- Comparar siempre el ahorro de cambiar de compañía sobre el ahorro en cuota.

Dos variables financieras son fundamentales en el cálculo del ahorro, como lo son a la hora de             determinar el coste de la financiación
- Plazo: Más tiempo se pagan más intereses por lo que el descenso por la aplicación de estas bonificaciones es en teoría más beneficioso.
- Importe: En el mismo sentido, cuanta más alta sea la hipoteca, más se beneficia de descenso en los tipos de interés.

Las bonificaciones en tipos de interés son más beneficiosas en las primeras fases de los préstamos, cuando se amortiza poco capital y paga muchos intereses. Cuando queda poco plazo e importe, dejan de ser económicamente beneficiosas.

Todo ello nos lleva a recalcar la necesidad de primero evaluar la conveniencia del seguro, analizar sus condiciones, especialmente en productos de prima única y, por supuesto, calcular y comparar su coste y beneficios económicos con otras opciones fuera de la entidad financiera que puede ser mucho más barata.

2 comentarios

  1. hay que confiar mucho mas en las corredurias y agentes de seguroa ya que es un trato profesional y no el que te da el banco el cual es mas venta que otra cosa

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  2. eso está clarísimo cediendolé el seguro a un banco te pones en manos de nadie, aun más un coste telefónico elevado ya que llamas a un 902 , y el trato es todo telefónico,luego pagas mucho más caro por las comisiones elevadíssimas que ellos cobran.NO HAY OBLIGATORIEDAD DE CONTRATAR CON LA BANCA.

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